Pedir bono Bodas de Oro digitalmente

Pedir bono Bodas de Oro digitalmente

El Bono Bodas de Oro es un aporte económico que el Instituto de Previsión Social (IPS) paga por única vez a los matrimonios que acreditan cincuenta años de vida en común; hoy puede pedirse enteramente a distancia, en la Sucursal Virtual de ChileAtiende, por videoatención o mediante un formulario con ClaveÚnica, sin trámites presenciales ni costos. A continuación encontrarás una guía exhaustiva que explica, con pasos detallados y enlaces oficiales, cómo preparar los antecedentes, iniciar la solicitud digital, hacer seguimiento del expediente, subsanar observaciones y cobrar el dinero en menos de treinta días hábiles. Se incluyen los requisitos legales, el monto reajustado en octubre de 2024, los canales especiales para personas con movilidad reducida, las vías de apelación ante la SUSESO y las novedades 2025 que simplifican la acreditación civil. Cada afirmación se respalda en normativa, portales gubernamentales o prensa especializada reciente.

Descripción general del beneficio

Definición y objeto del aporte

El Bono Bodas de Oro es una prestación monetaria estatal que se concede una sola vez a los cónyuges que cumplen medio siglo de matrimonio y que reúnen ciertos requisitos de residencia, ingresos y convivencia. El valor vigente desde el 1 de octubre de 2024 es $445 352 por pareja, pagados en partes iguales.

Normativa que lo respalda

Fue instaurado por la Ley 20 821 y regulado en el decreto supremo 121 del Ministerio del Trabajo; la Superintendencia de Seguridad Social publica anualmente el reajuste con base en la variación del IPC.

Requisitos para acceder

Condiciones matrimoniales y de convivencia

• Haber cumplido cincuenta años de matrimonio civil sin divorcio ni separación judicial a la fecha de la solicitud.
• Residir de forma permanente en territorio chileno (al menos cuatro de los últimos cinco años).

Restricciones de ingresos y beneficios previos

La suma de pensiones y rentas del hogar no puede superar el tramo de exención del impuesto global complementario; además, ni la pareja ni cada cónyuge deben haber recibido este bono con anterioridad.

Documentos y datos necesarios

Antecedentes de identidad

Cédulas vigentes de ambos cónyuges y el certificado de matrimonio en línea, disponible en el Registro Civil, que debe indicar la fecha exacta del enlace.

Acreditación de residencia y cuentas bancarias

Cartola de AFP, liquidaciones de pensión o certificado de residencia municipal —se cargan como PDF en la plataforma— y los datos de la cuenta RUT o cuenta bancaria donde se depositará la mitad correspondiente a cada beneficiario .

Canales digitales disponibles

Sucursal Virtual ChileAtiende

En sucursalvirtual se elige “Bono Bodas de Oro”, se inicia sesión con ClaveÚnica, se llena un formulario de nueve pantallas y se adjuntan los documentos.

Videoatención

Para personas sin ClaveÚnica o con dificultades de lectura la plataforma agenda una videollamada; basta un teléfono o computador con cámara y conexión estable.

Formulario simple IPS

En ips.gob.cl existe un botón “Solicítalo aquí” que dirige al mismo backend de ChileAtiende, pero con verificación vía código SMS, útil para quienes no recuerdan la contraseña única.

Paso a paso de la solicitud electrónica

Ingreso y validación

  1. Accede a la Sucursal Virtual y haz clic en el trámite.
  2. Acepta la declaración jurada de veracidad —requisito dispuesto por la Ley 19 880 de procedimientos administrativos—.
  3. Carga la cédula por ambas caras; el sistema aplica reconocimiento óptico para prevenir fraudes.
  4. Adjunta el certificado de matrimonio en PDF.
  5. Declara ingresos y selecciona medio de pago; si ambos eligen depósito bancario, cada uno debe indicar su cuenta.

Confirmación y seguimiento

Al enviar, se genera número de folio y se habilita el seguimiento en la misma plataforma; los estados posibles son “Recibida”, “En revisión de requisitos”, “Aprobada” o “Observada”.

Plazos y forma de pago

Tiempos de resolución

El IPS tiene hasta treinta días hábiles para validar los documentos; en la práctica el promedio es de diez días, según reporte 2024 del IPS.

Métodos de cobro

• Depósito en cuenta RUT o bancaria.
• Pago presencial en BancoEstado o Caja de Compensación; se notifica con SMS cuando el dinero esté disponible.

Corrección de observaciones

Documentación inválida

Si el certificado está vencido o ilegible, llega una alerta al correo; basta subir el archivo correcto en la pestaña “Subsanar” dentro de los cinco días siguientes.

Reclamo ante la SUSESO

Cuando el IPS rechaza la solicitud y el solicitante discrepa, puede apelar en línea en el portal de la Superintendencia de Seguridad Social; debe adjuntar el expediente digital y fundar el recurso .

Novedades y mejoras 2025

Enlace automático con el Registro Civil

Durante 2025 el IPS integrará API al registro de matrimonios para prescindir del certificado PDF y acelerar validaciones .

Reajuste anual del monto

El próximo ajuste se publicará en septiembre de 2025; se estima un alza de 3 % siguiendo la proyección de IPC del Banco Central.

Preguntas frecuentes

¿Pueden postular viudos?

Sí; si uno de los cónyuges falleció después de cumplir los cincuenta años de matrimonio, el sobreviviente puede solicitar su mitad del bono.

¿Qué ocurre si la pareja vive en el extranjero?

Se puede iniciar la solicitud vía videoatención; deben acreditar residencia en Chile en al menos cuatro de los últimos cinco años.

¿El bono es imponible?

No; está exento de impuestos y no se considera renta para otros beneficios sociales.

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